26 julio 2024

Poder del Obispo de Granada queda claro: Corte Suprema de Justicia suspende a Camilo Bermúdez como Juez Suplente y como Abogado y Notario

Monseñor Jorge Solórzano Pérez

 

Granada, Nicaragua
Por: Augusto Cermeño
 
Monseñor Jorge Solórzano PérezEl poder del Obispo de la Diócesis de Granada, quedó más que claro, luego de que la inspectoría judicial de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), mandara a suspender de la profesión de Abogado y Notario al licenciado Camilo Bermúdez, entre otras medidas restrictivas a la Juez Donají Meza y al Juez Felipe Antonio Sandoval, Juez de Distrito Civil de Tipitapa.
 
Aunque esto no significa, precisamente, una barrida, si queda demostrado que el Obispo ha logrado empujar a la CSJ a dar una resolución firme y contundente en tiempo record contra quienes presuntamente ofendieron al guía espiritual de los granadinos, Monseñor Jorge Solórzano Pérez.
 
Solórzano Pérez introdujo una queja contra Bermúdez, la Jueza Donají Meza Pérez y revela el nombre del Juez de Distrito Civil de Tipitapa, licenciado Felipe Antonio Jaime Sandoval, vendedor de la isla.
 
Según letra de la queja del Obispo Solórzano ante la CSJ, en la parte que titula: “Contenido del seudo proceso judicial donde se condena a la Diócesis de Granada”, el Juez Jaime Sandoval, vendió en 50 mil córdobas la isla de 9 mil varas cuadradas a la señora Blanca Auxiliadora Chamorro, el 17 de febrero del 2009, y “dicho testimonio de a escritura no fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Granada”.
 
El Obispo manda decir en su queja que la señora Chamorro le hizo llegar un escrito en el que “expresa la primera falsedad, manifestando que me ha solicitado la entrega del área de 80 varas cuadradas que es, según ella, el área que ocupa la pequeña Iglesia y que yo me he negado a entregarle el área que ocupa el pequeño templo”.
 
La queja de Monseñor Solórzano, presentada por el licenciado Walter Zambrana Rocha ante la CSJ el 4 de febrero 2011, a la una y cuarenta minutos la tarde, tuvo respuesta el 15 de febrero 2011, a la una y cuatro minutos, 11 días después. Muchos nicaragüenses cuyos juicios, apelaciones y fallos navegan en las gavetas de los tribunales menores, intermedios y superiores, sueñan con tener semejante palanca, como la del Obispo Solórzano.
 
Bermúdez el “chivo expiatorio” en el escándalo judicial
 
Es evidente que el “chivo expiatorio” en este nuevo escándalo judicial que abriga la administración de justicia en Granada, es el licenciado Camilo Bermúdez. Por supuesto que Bermúdez, según queja del Obispo, “la sacó del estadio” con aseveraciones que el poderoso Monseñor Solórzano rechaza de tajo.
 
La Suprema, “visto el escrito de su excelencia, Monseñor Jorge Solórzano Pérez, Obispo de la Diócesis de Granada…esta corte ordena: 1) Seguir el informativo correspondiente para con sus resultados resolver. Los licenciados Donají Iracema Meza Pérez y Alvaro Camilo Bermúdez Gómez, informen dentro de terceros días, más el termino de la distancia, transcríbaseles el presente auto, déseles copia del escrito de queja relacionado y que señalen casa conocida en esta ciudad para oír notificaciones, bajo apercibimiento de quedar notificados por el transcurso de las 24 horas de las sucesivas resoluciones que se dictaren. Informe, a través de la Dirección de Registro y Control de Notarios, si el licenciado Alvaro Camilo Bermúdez Gómez ha sido sancionado con anterioridad por irregularidades cometidas en el ejercicio de la profesión y si se encuentra al día en la remisión de los índices de sus respectivos protocolos notariales”.
 
La CSJ también ordena: “2. Se ordena suspender al licenciado Alvaro Camilo Bermúdez Gómez, de la profesión de Abogado y Notario Público, mientras se realizan las investigaciones en la presente queja”.
 
Además se ordena: “3. Por cuanto en el escrito de queja se hace referencia al licenciado Felipe Antonio Jaime Sandoval, quien actualmente ejerce el cargo de Juez Juez de Distrito Civil de Tipitapa, a quien se menciona como la personas que supuestamente vendió en fecha diecisiete de febrero del dos mil nueve, a la señora Blanca Auxiliadora Chamorro Romero, un bien inmueble insular (isla), de nueve mil varas cuadradas, por la suma de cincuenta mil córdobas, y que según expresa en el escrito de queja, no se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble de Granada, por lo que a -(…?)- aclarar los hechos que se investigan de oficio y para mejor proveer esta Corte ordena, que el licenciado Felipe Antonio Jaime Sandoval informe dentro de tercero día, la forma en que adquirió la propiedad en referencia, la cual supuestamente no ha sido debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Granada; en consecuencia, deberá de acompañar la documentación pertinente y oras que considere a bien”.

 

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