Granada, Nicaragua
Augusto Cermeño
El licenciado Valentín Barahona descalifica la iniciativa de los abogados granadinos de asociarse, porque, considera, que no caben en una asociación sino “en el Colegio de Abogados”.
Según el Barahona, la asociación recién organizada, “está basada en la Ley 147, las que reciben Personería Jurídica de la Asamblea Nacional mediante un decreto”.
Cree que “a los abogados, a los profesionales, como ustedes los periodistas, les corresponde un colegio. Y, para eso esta la Ley 588. Las asociaciones son para las personas que no tienen título universitario”.
Valentín explica que las asociaciones son para la organización de personas en los barrios, comarcas, “pero que no son una especialidad. La Ley 588 esta aprobada desde el año 2008 por la Asamblea Nacional, para conformar los colegios de profesionales y ejercicio profesional”, puntualizó el abogado.
Dijo que en el 2003 conformó una asociación, “pero en ese tiempo no existía la Ley 588, que es la ley de profesionales y ejercicio profesional. Por esa razón, al no haber una Ley de Profesionales, se conformaron las asociaciones de abogados en Rivas, Carazo, Masaya, Managua y otras partes”.
Todo cambia a partir de que se promulga la Ley de Profesionales y Servicios Profesionales, “que establece que los profesionales académicos, universitarios (contadores públicos, médicos, ingenieros, arquitectos, etc.) deben de constituirse en un Colegio a través de una Ley que aprueba la Asamblea Nacional”.