12 enero 2025

Policía desacata orden de captura contra acusada por injurias y calumnias declarada rebelde

Martha Orozco, demanda captura de Ivon Acosta

Granada, Nicaragua
Por: Augusto Cermeño
 
Martha Orozco, demanda captura de Ivon AcostaEl licenciado Norwin José Herrera Bonilla, Juez Segundo Local Penal de Granada, ordenó la captura de la señora Ivón Acosta, por rebeldía ante el tribunal que preside el judicial.
 
La orden fue dada, con oficio al comisionado mayor Horacio Sovalbarro, Jefe Departamental de la Policía Nacional, a la fecha de dictada la orden, el 12 de abril del 2012, pero hasta ahora la orden no se ha cumplido.
En este sentido, la señora Martha Lorena Orozco Jirón, se quejó ante LA VERDAD, de la actuación negligente de la autoridad policial, cuyas riendas estaban en manos de Sovalbarro.
 
El jefe policial fue movido del cargo, aparentemente por las múltiples quejas de ciudadanos granadinos que han lamentado la presencia de un jefe policial que puso poco o ningún cuidado de la seguridad ciudadana.
 
Según el acta de audiencia pública, suscrita por el Juez Segundo Local Penal de Granada, el doctor Herrera Bonilla, suspendió audiencia programada para el 11 de abril, debido a que la querellante, Ivón Acosta Torres, no se presentó ni justificó su ausencia.
 
Por tal motivo el judicial resolvió convocar a otra audiencia para ventilar delito de Injurias y Calumnias en perjuicio de Martha Lorena Orozco Jirón, a la que igualmente se ausentó Ivón, por lo que el judicial resuelve ordenar su captura y allanamiento contra la acusada.
 
La resolución judicial en su parte medular, dice: “decláresele rebelde de conformidad con el articulo 98 CPP y consecuentemente gírese orden de captura y allanamiento en contra de la querellada Ivón Acosta Torres…”.
 
La orden girada el 12 de abril no se ha cumplido, por lo que la ofendida, la señora Martha Lorena Orozco Jirón, fue a demandar ante la autoridad policial que proceda a la captura para solucionar de una vez el problema.
 
El artículo 98 del Código Procesal Penal indica que: “Se considerará rebelde al imputado o al acusado que sin justa causa no comparezca a la citación formulada por los jueces o tribunales, se fugue del establecimiento o lugar en el que se halle detenido, o se ausente del lugar asignado para su residencia.
 
Al decretarse la rebeldía, el juez competente dispondrá su detención y al efecto expedirá orden a las autoridades policiales”.
 
Se queja de Sub comisionado que presuntamente atendió con prepotencia a la señora Orozco Jirón
 
Sub comisionado GutierrezAnte la tardanza de la policía en resolver lo de la captura, la señora Martha Lorena Orozco Jirón se fue a las oficinas del sub comisionado José Ramón Gutiérrez, Jefe de Investigaciones de la Policía Nacional en Granada.
 
Visitamos al jefe policial y, al inicio nos recibió con cara de pocos amigos, mandándonos a esperar. Esperamos y logramos que escuchara la queja que nos planteó de la señora Orozco y el desinterés adoptado por el oficial ante la urgencia planteada por la ciudadana.
 
El subcomisionado Gutiérrez, luego que se le bajó el gas, quizás por calor que hacía en una oficina que ni abanico tiene para ventilarse, nos atendió con más decencia.
 
Insistió en manifestaros que las entrevistas deben ser con el Jefe Departamental, pero dio respuesta, dejando claro que no le importaba que lo grabaran. La señora Orozco cree que el sub comisionado Gutiérrez se esta parcializando por cuestiones de amiguismo con la señora Acosta.
 
Sin embargo, el comisionado Gutiérrez dijo que no esta siendo parcial, que se procederá a ordenar al oficial de búsqueda y captura para que proceda en el caso aludido.

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