15 octubre 2024

Otra cédula judicial en caso de taxis ilegales de Granada: Taxistas se están llenando de papeles y de acciones, nada.

Jose Ramon Mejia al centro (archivo)

 

Granada, Nicaragua
Augusto Cermeño
 
Jose Ramon Mejia al centro (archivo)Los taxistas granadinos, de las cooperativas Carlos Núñez Téllez, Gran Sultana y COTAIN, siguen acumulando “cedulas judiciales” que parece que no tienen ningún valor ante las autoridades de la Alcaldía y de la Policía Nacional, en quienes está la potestad de resolver un conflicto de casi tres años.
 
La noche del lunes 1 de octubre (2012), nos fue entregada copia de la Cédula Judicial de la Corte Suprema de Justicia, Sala de lo Constitucional, fechada 27 de septiembre 2012, firmada por la oficial notificadora Martha Auxiliadora Cruz Rodríguez y dirigida a José Ramón Mejía González, “en su carácter personal…”.
 
La Cédula hace referencia al Recurso de Amparo Número 585-2010, promovido por Mejía González, en su carácter personal y como Presidente de la Cooperativa de Taxis Carlos Núñez Téllez, en contra del señor Eulogio Mejía Marenco y otros, en su carácter de Alcalde y miembros del Concejo Municipal de Granada.
 
El auto responde a escritos presentados a las 11:15 de la mañana del 4 de septiembre 2012, y a las 11:20 de la mañana del 6 de septiembre del mismo año. En ambos escritos se revelan inconformidades de los interesados por las sentencias emitidas por la Corte Suprema de Justicia, CSJ.
 
Las personas que introdujeron los escritos son: Alberto María Jarquín Martínez, Alvaro José Rivera González, Carlos José Fernández Barrera, César Augusto Canales Flores, Roberto José López Gómez, Julio César López Gómez, Manuel Salvador Urbina, Francisco Javier Duarte y José Denis Anzoátegui Duarte.
 
Los antes nombrados, expresan su malestar por la sentencia 1105, de la 1:46 de la tarde del 21 de septiembre 2011, que declaró con lugar el Recurso de Amparo interpuesto por José Ramón Mejía González.
 
Los nombrados alegan que la sentencia dejo sin efecto el punto número 6 del Acta No. 5 del 26 de marzo del 2011, “por lo que como Terceros Opositores Excluyentes se oponen a la ejecución de la referida sentencia, por cuanto la Alcaldía de Granada, en uso de las facultades que le concede la Ley General de Transporte Terrestre, les otorgó concesión en la modalidad de servicio selectivo libre en la ciudad de Granada”.
 
También se oponen los “terceristas” al oficio girado a la Primer Comisionada Aminta Elena Granera Sacasa, Directora General de la Policía Nacional “para cumplir con la sentencia, por lo que solicita reposición del referido auto y se suspenda la ejecución de la Sentencia, por cuanto, de hacerse efectiva se les despojaría de un derecho adquirido constitucionalmente”.
 
Queremos reconocer, que el señor Alcalde y sus principales aliados, con poder en la Corte Suprema de Justicia, en este affaire de las placas, se esta saliendo con la suya y dejan a moros y cristianos viendo hacia las estrellas.
 
El nuevo “papelón mojado” de la CSJ, deja en evidencia muchos traspiés, un poco de socio drama de cómo funciona la justicia en Nicaragua, cuando se trata de proteger fuerzas ocultas.
 
Ahora la CSJ, Sala Constitucional, dice en su nueva sentencia: “La Ley de Amparo vigente y sus reformas, en el Artículo 46 establece: la sentencia solo se referirá a las personas naturales o jurídicas que hubieren interpuesto el recurso, limitándose si procediese a ampararlo y protegerlos en el caso especial controvertido”.
 
Agrega el auto que el artículo 6 expresa: “Los tribunales de justicia observaran siempre el principio de que la Constitución Política prevalece sobre cualquier Ley”. Y establece en el inciso 4 “que los tribunales deben tomar todas las providencias necesarias para el cumplimiento de las resoluciones que dicten…”, por lo tanto: No ha lugar a lo solicitado por los señores en referencia, por cuanto esta Sala únicamente cumplió con el precepto constitucional que los fallos y resoluciones de los tribunales son de ineludible cumplimiento para las autoridades del Estado, las organizaciones, y las personas naturales y jurídicas afectadas”.
 
Esta nueva cedula judicial, es firmada por los honorables magistrados: Francisco Rosales A., Rafael Solís C., Iván Escobar Fornos, LMA, Manuel Martínez S. J.D. Sirias y ante la Secretaria Zelmira Castro Galeano.

 

 

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