21 septiembre 2024

La Suprema Corte avala, en México, inspecciones policiales sin orden judicial o ministerial

AFP

5aa95354e9180f3e618b4567Con una mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la figura de las inspecciones policiales a personas y vehículos en caso de «sospecha razonable» o «flagrancia» y sin que exista una orden judicial o ministerial de por medio.

Así lo definió la mayoría del pleno durante la sesión de este martes, en la que se aprobaron fragmentos de tres artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, cuyo proyecto fue elaborado por el ministro mexicano Javier Laynez Potisek.

Cabe mencionar que estos artículos habían sido impugnados con antelación por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de México, al reiterar que violan los derechos a la «libertad personal», «libertad de tránsito», «protección de datos personales» y a la «privacidad o vida privada», entre otros.

El ministro Luis María Aguilar Morales dijo que las inspecciones son «una medida idónea» y con un «fin constitucionalmente válido» para proteger «los derechos de las víctimas de delitos», según declaraciones recabadas por la cadena Televisa.

Por su parte, el jurista Arturo Zaldívar declaró durante la sesión que la norma que «faculta a la policía a inspeccionar personas cuando tenga indicios de que oculta instrumentos, objetos o productos relacionados con delito que se investiga es, en mi opinión, inconstitucional».

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