Granada, Nicaragua
Por: Augusto Cermeño
Hemos estado pensando muy seriamente en el fenómeno laboral de la Alcaldía de Granada, reducidos sus trabajadores de base y administrativos a un estado de indigencia laboral y social muy lastimoso y penoso.
Supuestamente estamos en un estado donde priva el derecho, las leyes y una constitución que habla del derecho al trabajo y una paga acorde a nuestras funciones, cargos y capacidades, pero las cosas no funcionan así.
Granada parece estar en una especie de limbo, respecto al derecho de las personas, de los ciudadanos. Parece estar de adorno una Constitución Política nicaragüense que dice en su artículo 4: “El Estado promoverá garantizará los avances de carácter social y político para asegurar el bien común, asumiendo la tarea de promover el desarrollo humano de todos y cada uno de los nicaragüenses, protegiéndolo contra toda forma de explotación, discriminación y exclusión”. Esto como Principio constitucional.
Esto no se esta cumpliendo en la Alcaldía y en todo el país. Los políticos, de manera olímpica, oportunista y sospechosa, solo luchan por sus propios y egoístas intereses partidarios, de grupo o élite.
El artículo Quinto Cn. habla de cosas interesantes, como “principios de la nación nicaragüense: la liberta, la justicia, el respeto a la dignidad de la persona humana…”.
En la Alcaldía de Granada, el Alcalde ha reducido a los trabajadores a un condición de indigencia social y económica, violentando sus derechos constitucionales, laborales y humanos, que extrañamente no se respetan y no hay reacción, de oficio, por parte de autoridades laborales y judiciales, que obliguen al empleador, el Alcalde, a cumplir con sus obligaciones como tal o a adoptar las medidas de emergencia en el caso.
No se puede seguir manteniendo una situación en la que el trabajador recibe una semana o una quincena cada tres y hasta cuatro meses. Es una flagrante violación al derecho laboral y humano.
Esto esta bien definido en el código del trabajo, artículo 86 (el salario se pagará en monea de curso legal, en día de trabajo, en el lugar donde se preste el servicio, en el plazo y cuantía fijados en el Contrato…) y en la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 36(Nadie será sometido a torturas, procedimientos, penas ni a tratos crueles, inhumanos y degradantes).
Pero en la Alcaldía esta situación se da de manera flagrante y descarada sin que haya respuesta de nadie, incluyendo las flamantes comisiones oficiales e “independientes” de derechos humanos.
Los políticos, en su afán de financiarse activistas, han hecho de la Alcaldía de Granada, una especie de caja chicha para pagar favores políticos, dando “trabajo” a sus activistas, en detrimento de la inversión pública, que, según la Ley, las municipalidades deben de hacer con un 30% de las recaudaciones.
Es lastimosa la situación de los trabajadores municipales, y es más lastimoso aún, que esta situación continúe sin que alguien haga algo, termine con este festín de indolencias, de falta de sentimientos humanos y de injusticia laboral y constitucional.
El poder ejecutivo, el Gobierno Central, puede ayudar a solventar la situación de la Alcaldía, con medidas que permitan pagar según manda la Ley laboral en su artículo 86 y desarrollar un plan de conversión laboral que permita hacer más pequeño el Gobierno local, sin desproteger al trabajador. A esto se sumaría una nueva política salarial que prohíba salarios excesivos en una situación de quiebra, en que se encuentra la municipalidad.
La lógica es que si no hay para pagar a tantos, ni para pagar tan altos salarios y dietas, hay que buscar como adoptar medidas que permitan un salario justo al trabajador, al funcionario, al Alcalde, Vice alcalde, Secretario y concejo, de modo que no resulte ofensivo para Granada, tomando en cuenta el estado de quiebra de la comuna. En Granada, la solución debe ser ¡YA!.