29 marzo 2024

COMUNICADO

SOBRE LAS VACACIONES DE NAVIDAD Y FIN DE AÑO EN EL ESTADO

La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, Ley No. 185, Código del Trabajo, en su artículo 264 inciso d).

HACE SABER:A tod@s l@s trabajadore@s del Estado

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Arto. 76 del Código del Trabajo, l@s trabajador@s al servicio del Estado y sus instituciones, tienen derecho a disfrutar de vacaciones con goce de salario en los períodos de navidad y año nuevo.

POR TANTO

I: El día viernes 22 de Diciembre del año 2017, es el último día de labores, en consecuencia las vacaciones de navidad y fin de año del 2017 inician a partir del sábado 23 de diciembre del 2017, regresando a las labores ordinarias el día 02 de enero del año 2018.

Los días lunes 25 de Diciembre del 2017 y lunes 01 de Enero del 2018, no afectan la cuenta de vacaciones, por ser feriados nacionales.

Se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.

II: En el caso de l@s empleador@s y trabajador@s del sector Privado, deberán ajustarse a la costumbre, o a lo acordado entre las partes.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de Diciembre del año dos mil diecisiete.

Dra. Alba Luz Torres Briones

Ministra del Trabajo

Noticias de Interés

Facebook
Twitter
WhatsApp

Deja un comentario

Usamos Cookies