Granada, Nicaragua
Por: Augusto Cermeño
Los magistrados de la sala civil y laboral del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Sur Granada y Rivas, resolvieron un “no ha lugar” a la apelación del Alcalde, ingeniero Eulogio Mejía contra sentencia de reintegro de trabajadores edilicios.
Los magistrados resolvieron el “no ha lugar” al recurso de apelación interpuesto por el Alcalde de Granada contra sentencia del 25 de octubre 2009, dictada por el Juzgado Segundo Civil de Distrito y Laboral por Ministerio de Ley.
En consecuencia: “Se confirma la sentencia recurrida en la que se ordena a la Alcaldía de Granada, representada por el Alcalde Eulogio Mejía Marenco, el reintegro y pago de salarios caídos, tal como esta dispuesto en la referida sentencia, para los señores Oscar Moreira Mairena, Marlón Ernesto Barahona Vanegas, Juan Carlos Mairena Esquivel y Javier Antonio Corea Orozco.
La referida sentencia del Honorable Tribunal de Apelaciones, se emitió el 13 de abril 2010, por la tarde, basados en las consideraciones, jurisprudencia acotada, disposiciones legales citadas y los artículos 87Cn; 231, 271, 315 y 404 del Código Laboral y 107 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
También se resolvió la confirmación, por parte del Honorable Tribunal de Apelaciones, de un “no ha lugar” al recurso de apelación interpuesto por el Alcalde Eulogio Mejía Marenco, contra sentencia del 26 de octubre 2009, en la que se ordena a la Alcaldía el reintegro y pago de salarios caídos del señor Cristóbal Castillo Mejía.
Ahora, el Gobierno de Eulogio Mejía Marenco deberá reintegrar a los trabajadores antes mencionados, sin oponer el más mínimo obstáculo. Además, pagar más de un año en salarios caídos.